martes, 8 de noviembre de 2016

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AUDITORIA TRIBUTARIA

En un procedimiento basado en la normativa legal y administrativa vigente, destinada a fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones tributaria de los contribuyentes.

Para efectos de este tema me basare en la sección 29 de las NIFF PARA LAS PYMES.

Esta sección trata la contabilidad del impuesto a las ganancias, se requiere que las empresas reconozcan las consecuencias fiscales actuales y futuras de transacciones que se hayan reconocido en los estados financieros. Estos impuestos fiscales reconocidos comprenden el impuesto corriente y el impuesto diferido.

IMPUESTO CORRIENTE
Es el impuesto por pagar recuperable por las ganancias del periodo corriente o de periodos anteriores.

ACTIVO
Se reconocerá por los beneficios de una perdida fiscal que pueda ser aplicada para recuperar el importe pagado en un periodo anterior. Se medirá a los importes que se esperan recuperar usando las tasa impositivas y la legislación que haya sido aprobada, o cuyo proceso de aprobación este prácticamente terminado.

PASIVO
Se reconocerá por impuesto a pagar por las ganancias fiscales del periodo actual y los periodos anteriores. Se medirá a los importes que se esperan pagar usando las tasas impositivas y la legislación que haya sido aprobada, o cuyo proceso de aprobación este prácticamente terminado.

IMPUESTO DIFERIDO
Es el impuesto por pagar o por recuperar en periodos futuros, generalmente como resultados de que la entidad recupera o liquida sus activos y pasivos por un importe en libros actual.

Una empresa reconocerá un activo o pasivo por impuestos diferidos por el impuesto por recuperar o pagar en periodos futuros como resultados de transacciones o sucesos pasados.

Este impuesto surge de la diferencia entre los importes reconocidos por los activos y pasivos de la entidad en el estado de situación financiera y el reconocimiento de los mismos por parte de las autoridades fiscales.

La compensación de pérdidas o créditos fiscales no utilizados hasta el momento procedente de periodos anteriores.

DIFERENCIAS TEMPORARIAS

La diferencia temporaria surge cuando existe una diferencia entre los importes en libros y las bases fiscales en el reconocimiento inicial de los activos y pasivos, o en el momento en que se crea una base fiscal para esas partidas que no tienen una base fiscal pero que no se reconocen como activos y pasivos.

Existe una diferencia entre el importe en libros y la base fiscal que surge tras el reconocimiento inicial porque el ingreso o gasto se reconoce en el resultado integral o en el patrimonio de un periodo sobre que se informa, pero se reconoce en ganancias fiscales en otro periodo diferente.

La base fiscal de un activo o pasivo cambia  y el cambio no se reconocerá en el importe en libros del activo o pasivo de ningún periodo.


PASIVOS Y ACTIVOS POR IMPUESTOS DIFERIDOS

Una entidad reconocerá un pasivo por impuestos diferidos para todas las diferencias temporarias que se esperen que incrementen la ganancia fiscal en el futuro.

Un activo por impuestos diferidos para todas las diferencias temporarias que se espere que reduzcan la ganancia fiscal en el futuro y para la compensación de pérdidas fiscales no utilizados y créditos fiscales no utilizados no utilizados hasta el momento procedentes de periodos anteriores.


MEDICIÓN DE IMPUESTOS DIFERIDOS

TASAS IMPOSITIVAS
Una entidad medirá un activo o pasivo por impuestos diferidos usando las tasas impositivas y la legislación que hayan sido aprobadas, o cuyo proceso de aprobación este prácticamente terminado, en la fecha sobre la que se informa.


La medición de los pasivos por impuestos diferidos y de los activos por impuestos diferidos reflejara las consecuencias fiscales que se derivarían de la forma en que la entidad espera, en la fecha sobre la que se informa, recuperar o liquidar el importe en libros de los activos y pasivos relacionados.

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